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Matriculación alumnado semipresencial

Alumnado semipresencial

Si lo deseas, puedes realizar los trámites a través de la Secretaría virtual.

Dada la reciente elaboración de la normativa que regula este proceso y la novedad que supone en los criterios de admisión en las EEOOII de Andalucía, ROGAMOS que el alumnado solicitante lea ATENTAMENTE las siguientes instrucciones.

1. Normativa que regula el proceso de admisión

• Decreto 15/2012 de 7 de febrero de Reglamento Orgánico de las EEOOII de Andalucía.

• Orden de 20 de abril de 2012 que desarrolla el procedimiento y criterios de admisión.

• Orden de 31 de enero de 2011 que regula las convalidaciones y reconocimiento de certificados de competencia en idiomas.

2. Calendario del proceso

Publicación de vacantes 28/04/2023
Periodo de preinscripción 1-22 de mayo 
Publicación de la relación de personas solicitantes, ordenada según
los criterios de admisión
Antes del 12 de junio 
Trámites de audiencia Del 12 al 23 de junio, ambos inclusive
Prueba PIC (inglés) 18 de septiembre a las 16.15 (oral y escrito)
Prueba PIC (francés) 19 de septiembre a las 16.15 (oral y escrito)
Publicación de admitidos/as  27 de junio
Recursos de alzada 28 de junio 
Matrícula Del 1 al 10 de julio de 10.00 a 13.45 horas
Recogida de documentación para la matrícula Última semana de junio

 

3. Enseñanzas que se pueden solicitar para el curso 2023/2024

En la EOI de Loja se podrá cursar 1º y 2º de Nivel Básico, y el Nivel Intermedio B1 de inglés en la modalidad semipresencial

Tal y como viene recogido en la normativa de admisión, se presentará una única solicitud para un solo idioma y en una única Escuela. La presentación de la solicitud fuera del plazo establecido, así como la presentación de más de una solicitud, darán lugar a la pérdida de todos los derechos de prioridad que puedan corresponder al solicitante y, por lo tanto, quedarán invalidadas.


4. ¿Quién tiene que solicitar la admisión?

4.1. Nuevo alumnado

  • Todo el alumnado de nuevo ingreso en la Escuela que desee cursar los estudios por primera vez deberá solicitar plaza. Como norma general, la solicitud deberá realizarse para 1º de Nivel Básico.

4.2. Antiguo alumnado

El antiguo alumnado deberá solicitar plaza en los casos siguientes:

  • El alumnado oficial de la propia Escuela que haya interrumpido sus estudios por cualquier causa y desee continuarlos de nuevo.
  • El alumnado que proceda de otra Escuela Oficial de Idiomas o que haya cursado inglés a distancia y desee incorporarse a la modalidad presencial.
  • El alumnado que proceda del régimen de enseñanza libre o de la modalidad presencial y desee continuar sus estudios en el régimen de enseñanza oficial y semipresencial.
  • El alumnado cuya solicitud de anulación de matrícula haya sido estimada en el presente curso anterior.

 

5. Plazas vacantes provisionales. El número de vacantes puede variar en función de los resultados de septiembre.

 
  Plazas
1º curso de nivel básico 110
2º curso de nivel básico 58
Nivel intermedio 58

NOTA: 
Se reservará un 5% de las plazas para las personas solicitantes con discapacidad (de más de un 33%). Las plazas reservadas que no se adjudiquen aumentarán el número de plazas ofertadas en el turno general.

 

 6. Requisitos de acceso

Para la enseñanza semipresencial, los solicitantes deberán ser mayores de 18 años (cumplidos antes del 31 de diciembre del año en curso)

Asimismo, podrán acceder a esta modalidad excepcionalmente, las personas mayores de 16 años (cumplidos antes del 31 de diciembre del año en curso) que lo soliciten y que acrediten algunas de estas situaciones:

a) Ser persona trabajadora por cuenta propia o ajena que no le permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario, debiendo acreditar dicha situación con el alta de la Seguridad Social, así como con el contrato de trabajo o con la licencia fiscal.

b) Ser deportista de rendimiento de Andalucía o de alto rendimiento o alto nivel.

c) Encontrarse en situación personal extraordinaria de enfermedad, discapacidad o cualquier otra situación que le impida cursar las enseñanzas en régimen ordinario, quedando incluidas en este supuesto las mujeres víctimas de la violencia de género y las personas víctimas de terrorismo, así como sus hijos e hijas, y las personas que se encuentren en situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión.

 

7. Criterios de admisión de los solicitantes - MODALIDAD SEMIPRESENCIAL

Cuando no existan plazas suficientes para atender todas las solicitudes, se observaran los siguientes criterios de prioridad en la admisión del alumnado: Menor renta de la unidad familiar.

 
8. Acreditación de los criterios de admisión
8.1. Renta anual de la unidad familiar

1. La unidad familiar que se tendrá en cuenta será aquélla a la que pertenecía el alumnado a fecha de 31 de diciembre del ejercicio fiscal del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año anterior.

2. La renta anual se obtendrá por agregación de las rentas de cada uno de los miembros de la unidad familiar que obtengan ingresos de cualquier naturaleza correspondientes al ejercicio fiscal al que se refiere el apartado anterior. La renta anual per cápita de la unidad familiar se obtendrá dividiendo la renta anual de la unidad familiar entre el número de miembros que la componen.

3. Previa autorización de los interesados, la información de carácter tributario que se precise para la acreditación de la renta anual de la unidad familiar será suministrada directamente a la Consejería competente en materia de educación por la Administración tributaria competente, a través de medios informáticos o telemáticos, en el marco general de colaboración entre Administraciones en materia de suministro de información para finalidades no tributarias. Cuando, a través del indicado marco de colaboración la Comunidad Autónoma pueda disponer de dicha información, no se exigirá a las personas interesadas que aporten individualmente certificaciones expedidas por la Administración tributaria, ni la presentación en original, copia o certificación de sus declaraciones tributarias, debiendo presentar en su lugar declaración responsable de que cumplen las obligaciones señaladas, así como autorización expresa para que la Administración tributaria suministre la información.

4. En caso de que la Administración tributaria no disponga de la información de carácter tributario que se precise para la acreditación de la renta anual, la persona solicitante deberá aportar una certificación de haberes, declaración responsable o cualquier otro documento acreditativo de cada una de las personas de la unidad familiar.

5. Los solicitantes deberán marcar la casilla correspondientes en apartado 4 del impreso de solicitud.

8.2. Discapacidad

1. Sólo se podrá acceder a la reserva de plazas para alumnado discapacitado cuando la persona solicitante tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

2. A efectos de acreditación del criterio de discapacidad, la persona solicitante deberá autorizar a la Consejería competente en materia de educación, en el modelo de solicitud de admisión, para recabar la información necesaria a la Consejería competente en la materia. En el caso del alumnado menor de edad, o mayor de edad sujeto a patria potestad prorrogada o tutela, serán sus padres, madres o tutores o guardadores legales los que realicen dicha autorización. La persona solicitante deberá aportar también el correspondiente certificado del dictamen sobre el grado de discapacidad emitido por el órgano competente de la Administración de la Junta de Andalucía o, en su caso, de otras Administraciones Públicas.

3. Los solicitantes deberán marcar la casilla correspondientes en apartado 4 del impreso de solicitud.


9. Documentación - PREINSCRIPCIÓN

9.1. Nuevo alumnado

• Solicitud según el modelo normalizado que puede descargarse desde la página web (se deberá presentar por duplicado).

• Fotocopia del DNI del solicitante. En caso de ser menor de edad, el impreso deberá estar firmado por su tutor legal junto con la fotocopia del DNI del mismo y del menor.

• La documentación que acredite las diversas categorías de admisión, tal y como se detalla en el apartado 8 de estas instrucciones.

9.2. Antiguo alumnado

• Solicitud según el modelo normalizado que puede descargarse desde la página web (se deberá presentar por duplicado).

• Fotocopia del DNI del solicitante. En caso de ser menor de edad, el impreso deberá estar firmado por su tutor legal y se adjuntarán la fotocopia del DNI del mismo y del menor.

• El alumnado proveniente del programa That’s English! o de otra Escuela Oficial de Idiomas deberá presentar CERTIFICADO DE EXPEDIENTE (exceptuando al alumnado dependiente de la EOI de Loja, que lo hará constar en la solicitud).

 

10. Teletramitación

Las solicitudes se podrán cursar de forma electrónica a través de la Secretaria virtual mediante el acceso a las direcciones oficiales de Internet de la Administración de la Junta de Andalucía o de la Consejería competente en materia de Educación. Para la presentación electrónica de las solicitudes, es necesario disponer de un certificado de usuario reconocido que habilite para utilizar una firma electrónica avanzada.

 

11. Documentación - MATRICULA

Impreso de matrícula cumplimentado. 

-Tasa 046. Puede realizar el pago directamente a través de la página oficial de la Junta de Andalucía. Para completar la documentación, consulte la información adjunta. Para consultar las tasas que tendrá que abonar, consulte este documento.

- 1 fotografía tamaño carné (preferible en formato digital).

- En caso de poder beneficiarse del descuento de familia numerosa: original y copia del Título de familia numerosa (actualizado).

 

12. Resolución del procedimiento

EN EL CASO DE NO PODER ACCEDER A LA ACREDITACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS DECLARADAS, LA DIRECCIÓN DEL CENTRO SE LO COMUNICARÁ A LAS PERSONAS INTERESADAS A TRAVÉS DEL TABLÓN DE ANUNCIOS, TENIENDO ÉSTAS 10 DÍAS HÁBILES PARA LA SUBSANACIÓN O APORTE DE LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA.

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